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Corte de Apelaciones condena a Hospital de Calama y Servicio de Salud a pagar $380 millones por muerte de paciente

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió una demanda por falta de servicio presentada por familiares de una mujer que falleció en 2020, luego de un evento anestésico ocurrido durante su trabajo de parto en el Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama.
Actualidad02/09/2026EditorEditor

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama y al Servicio de Salud Antofagasta al pago conjunto de $380 millones por concepto de daño moral a familiares de una paciente que falleció en julio de 2020, tras presentar complicaciones durante la atención de su trabajo de parto.

La resolución fue adoptada de manera unánime por la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Eric Sepúlveda Casanova y Jaime Rojas Mundaca, además del abogado integrante Marcelo Díaz Sanhueza.

El fallo revocó la sentencia dictada en junio de 2025 por el Tercer Juzgado Civil de Calama, que había acogido la excepción de cosa juzgada planteada por la parte demandada y rechazado la demanda de indemnización de perjuicios.

En su nueva resolución, la Corte rechazó dicha excepción y acogió la demanda por falta de servicio, estableciendo responsabilidad conjunta del Hospital Dr. Carlos Cisternas y del Servicio de Salud Antofagasta.

Hospital_CC_Calama
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Corte cuestiona procedimiento anestésico durante el trabajo de parto

Uno de los principales fundamentos considerados por el tribunal fue la prueba médica incorporada durante el proceso, particularmente el peritaje médico legal N°45-2023, elaborado por el médico legista Sergio Cerda San Martín, profesor asociado de Anestesiología de la Universidad de Chile y perito de la Unidad de Responsabilidad Médica del Servicio Médico Legal de Santiago.

De acuerdo con la sentencia, el análisis de los antecedentes clínicos permitió establecer que la atención otorgada a la paciente desde su ingreso al hospital hasta su fallecimiento no se habría ajustado a la denominada lex artis médica, concepto utilizado para referirse a los estándares y procedimientos que deben observarse en una determinada atención sanitaria.

El fallo señala que, aunque durante la atención también pudieron haberse producido infecciones intrahospitalarias y un diagnóstico erróneo de COVID-19, el peritaje concluyó que el origen del daño se encontraba directamente relacionado con un evento anestésico ocurrido durante el trabajo de parto.

La Corte recoge además las conclusiones del perito respecto del procedimiento realizado el 27 de julio de 2020, particularmente en relación con la administración de analgesia epidural que habría evolucionado a una anestesia espinal total.

Según el peritaje citado en la resolución, dicha administración habría sido realizada por personal TENS que no contaba con entrenamiento en anestesia y reanimación cardiopulmonar, situación que el especialista identificó como el evento que desencadenó el desenlace posteriormente registrado.

$380 millones para familiares de la víctima

Tras acoger la demanda, la Corte de Apelaciones estableció las indemnizaciones que deberán recibir los familiares de la paciente en concepto de daño moral.

El monto total asciende a $380 millones, distribuidos de la siguiente manera:

  • $200 millones para el cónyuge de la víctima.
  • $100 millones para el hijo de la víctima.
  • $40 millones para cada una de sus dos hijas.

El tribunal determinó que las sumas deberán ser pagadas conjuntamente por el Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama y el Servicio de Salud Antofagasta.

A estos montos deberán agregarse intereses corrientes para operaciones no reajustables, calculados desde la fecha de notificación de la sentencia y hasta su pago efectivo.

Fallo revoca decisión del tribunal de Calama

La resolución de la Corte de Apelaciones modifica así el fallo emitido por el Tercer Juzgado Civil de Calama en junio de 2025.

El tribunal de alzada no acogió el recurso de casación en la forma presentado por la parte demandante, pero sí revocó la sentencia que había rechazado la demanda y determinó que correspondía acoger la acción indemnizatoria por falta de servicio.

La sentencia establece además el pago de las costas correspondientes, conforme a lo resuelto por el tribunal.

El fallo constituye una nueva resolución judicial en torno a la atención médica proporcionada a la paciente en el Hospital Carlos Cisternas de Calama y a las circunstancias que rodearon su fallecimiento en 2020.

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