Confirman condena de más de 10 años para autor de homicidio calificado frustrado en Calama

La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso presentado por la defensa y dejó firme la sentencia obtenida por la Fiscalía de Calama. El condenado atacó a la víctima por la espalda con un arma cortopunzante, provocándole lesiones de extrema gravedad.
Actualidad17/08/2026EditorEditor

La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la condena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio impuesta a un ciudadano colombiano de 30 años, identificado como Yancarlos Mejía Valencia, declarado culpable del delito de homicidio calificado frustrado cometido en noviembre de 2024 en la comuna de Calama.

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Declaran culpable a colombiano 

Con esta resolución, el tribunal de alzada rechazó los argumentos de la defensa y dejó ejecutoriada la sentencia obtenida por la Fiscalía de Calama durante el juicio oral desarrollado en junio de este año.

De acuerdo con los antecedentes expuestos en el proceso, los hechos ocurrieron durante la madrugada del 22 de noviembre de 2024, cuando el condenado abordó a la víctima y la atacó sorpresivamente por la espalda utilizando un arma cortopunzante.

Producto de la agresión, la víctima sufrió lesiones de carácter grave que pusieron en riesgo su vida, debiendo ser sometida a diversas intervenciones quirúrgicas, transfusiones sanguíneas y asistencia ventilatoria, además de permanecer internada en unidades de cuidados intensivos.

La investigación permitió acreditar que el ataque fue ejecutado bajo circunstancias que configuraron el delito de homicidio calificado en grado frustrado, sancionado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama con una pena efectiva de cárcel.

Condena adicional por porte de arma blanca

La sentencia también estableció una segunda condena en contra de Mejía Valencia. Semanas después del ataque, el imputado fue fiscalizado por personal policial y sorprendido portando un cuchillo de aproximadamente 25 centímetros de longitud, sin contar con una justificación válida para ello.

Por este hecho, fue condenado además al pago de una multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante.

Con el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, ambas sanciones quedaron firmes y deberán ser cumplidas por el condenado.

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