
Nueva exigencia para obtener o renovar la licencia de conducir comienza a regir este año
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A partir de este 2026, las personas que busquen obtener o renovar su licencia de conducir deberán cumplir con un nuevo requisito obligatorio, en el marco de las modificaciones introducidas por la denominada Ley Jacinta, normativa que fue recientemente despachada tras más de dos años de tramitación en el Congreso.
La ley lleva el nombre de Jacinta González, una lactante de cinco meses que falleció en 2022 mientras viajaba junto a sus padres, luego de un siniestro vial provocado por un conductor de 80 años que padecía cáncer en etapa IV y que perdió el control de su vehículo.
Entre los principales cambios, se establece que quienes postulen a una licencia deberán presentar una declaración jurada en la que acrediten no padecer enfermedades inhabilitantes o restrictivas para la conducción. Esta exigencia busca reforzar la seguridad vial y prevenir accidentes asociados a condiciones de salud no informadas.
Además, la normativa contempla sanciones más severas. En caso de que una persona oculte información médica relevante y se vea involucrada en un siniestro de tránsito, se expondrá a una infracción grave y a la eventual cancelación de su licencia de conducir.
Desde el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (MTT) informaron que estas modificaciones entrarán en vigencia una vez que la ley sea publicada en el Diario Oficial.
Principales cambios que introduce la Ley Jacinta:
- Licencias de conducir con mayores exigencias, reforzando la evaluación física y psíquica.
- Declaración jurada de salud obligatoria para obtener o renovar la licencia.
- Sanciones severas por entregar información falsa, incluida la cancelación del documento.
- Protocolos médicos municipales unificados, definidos por el MTT y el Ministerio de Salud.
- Mayor protección para niños en motocicletas: edad mínima de 12 años, posición segura y prohibición de llevar menores entre el conductor y el manubrio.
- Duplicación de las coberturas del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP): fallecimiento aumenta de 300 a 600 UF y lesiones de 200 a 400 UF, con pagos más expeditos.
- Incorporación de un fuero laboral por la pérdida de un hijo, otorgando un mes de protección en el Código del Trabajo.


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