
SAG amplía plazo para identificación y trazabilidad de caballos, mulas y burros
EditorEl Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) actualizó la normativa de trazabilidad para equinos, mulares y asnales, modificando los plazos para la implementación de la identificación individual mediante microchip y el uso obligatorio del Formulario de Movimiento Animal (FMA).
La principal modificación establece una tercera etapa de implementación, ampliando hasta el 25 de febrero de 2028 el plazo para que propietarios de equinos, mulares y asnales destinados a actividades domésticas cumplan con las nuevas exigencias.

La medida contempla, entre otros casos, animales pertenecientes a la agricultura familiar campesina, ejemplares utilizados para labores de trabajo o recreación no deportiva y aquellos destinados a crianza para engorda.
El SAG explicó que esta ampliación busca entregar más tiempo a los propietarios para conocer la normativa, identificar a sus animales y prepararse para cumplir con los requisitos establecidos para su traslado.
Microchip obligatorio para animales deportivos
La modificación no altera el calendario para los predios que mantienen equinos destinados a actividades deportivas y de reproducción. En estos casos, la obligación de identificar a los animales mediante microchip y registrar dicha identificación ante el SAG comenzará a regir el 25 de agosto de 2026.
En tanto, para los centros ecuestres, estas exigencias se encuentran vigentes desde abril de este año.
Los nuevos plazos fueron establecidos mediante la Resolución Exenta N.º 7.392 de 2026, manteniendo como principal objetivo fortalecer la trazabilidad animal y mejorar la capacidad de respuesta frente a eventuales emergencias zoosanitarias.
¿Qué animales deberán contar con microchip?
La normativa establece el uso obligatorio de un Dispositivo de Identificación Individual Oficial (DIIO), correspondiente a un microchip que debe ser instalado antes de que el animal cumpla 12 meses de edad o antes de realizar su primer traslado.
Existe una excepción para aquellos animales que aún no han sido destetados y que permanecen de manera permanente junto a su madre o nodriza.
El microchip puede ser adquirido a través de proveedores o distribuidores habilitados. El listado actualizado se encuentra disponible en el sitio web del SAG.
Los animales que ya cuenten con un microchip instalado antes de la entrada en vigencia de la normativa también podrán ser reconocidos, siempre que sus propietarios registren la identificación en SIPECweb o la informen directamente en una oficina del SAG mediante el Formulario de Identificación Individual Oficial (FIIO).
En ambos casos, el plazo máximo para realizar este trámite es el 31 de diciembre de 2026.
FMA será obligatorio para el traslado
La nueva regulación también establece que el traslado de equinos, mulares y asnales deberá realizarse siempre acompañado del Formulario de Movimiento Animal (FMA).
Este documento se emite por lote y corresponde al único formulario requerido por el SAG para acreditar el movimiento de los animales.
En el caso de los centros ecuestres, el FMA deberá emitirse exclusivamente de manera electrónica.
Además, se elimina el denominado formulario de “ida y vuelta”, utilizado anteriormente para actividades deportivas o recreativas. Desde ahora, será necesario emitir un FMA para el traslado desde el establecimiento de origen hasta el lugar de destino y un segundo formulario para el retorno al establecimiento de procedencia.
Para obtener el FMA, los propietarios deben estar inscritos en el Programa Oficial de Trazabilidad Animal y contar con un Rol Único Pecuario (RUP).
El formulario puede gestionarse gratuitamente a través de SIPECweb, utilizando una cuenta y clave de acceso, o de manera presencial en formato papel en cualquier oficina sectorial del SAG. Tanto la inscripción como el acceso al sistema y la emisión del FMA son gratuitos.
SAG llama a informarse
Desde el organismo destacaron que la identificación individual y el registro de los movimientos permiten mantener un historial de cada ejemplar, facilitando su ubicación y seguimiento ante situaciones sanitarias.
Estas herramientas buscan fortalecer la capacidad de respuesta del país frente a eventuales emergencias zoosanitarias y contribuir a la protección de la sanidad pecuaria.
Las personas que tengan caballos, mulas o burros y necesiten orientación sobre las nuevas exigencias pueden consultar en www.sag.gob.cl, escribir al correo [email protected] o comunicarse al teléfono 22 513 9722. También pueden acudir directamente a las oficinas del SAG a lo largo del país para recibir orientación.



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