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Ordena a la Seremi de Educación garantizar acceso escolar a 12 estudiantes en un plazo máximo de siete días hábiles.
Actualidad17/04/2024En un resonante veredicto, la Corte de Apelaciones de Antofagasta ha acogido los recursos de protección interpuestos por los apoderados de 12 alumnos que, lamentablemente, quedaron excluidos de la asignación de cupos en establecimientos educacionales de la comuna, tras su participación en el sistema de admisión escolar (SAE). La resolución judicial, de carácter unánime, emitida por la Primera Sala del tribunal, compuesta por los distinguidos ministros Dinko Franulic Cetinic y Jaime Rojas Mundaca, junto al abogado (i) Marcelo Díaz Sanhueza, establece un hito al ordenar a la Secretaría Regional Ministerial de Educación la generación de las matrículas correspondientes en un lapso no mayor a siete días hábiles.
Los fallos, fundamentados en un análisis exhaustivo de los antecedentes presentados y en la observancia de los preceptos constitucionales, concluyen contundentemente que la omisión de la entidad pública en cuestión constituye una vulneración al derecho fundamental de igualdad ante la ley de los recurrentes. En palabras de la sentencia: "(...) habiéndose ya iniciado el año escolar, aún no existe certeza respecto a la continuidad de los estudios de (...), teniendo en consideración que el acceso a la educación debe producirse en igualdad de condiciones".
Las resoluciones emitidas también hacen hincapié en la urgencia de restablecer el derecho conculcado, ordenando a la autoridad educativa a realizar todas las gestiones pertinentes con los respectivos sostenedores para garantizar la pronta matriculación de los alumnos en establecimientos educacionales cercanos a sus domicilios. Esta determinación, además, responde a la necesidad imperiosa de asegurar el acceso a la educación en igualdad de condiciones, conforme a lo estipulado por el artículo 51 del Decreto 152 del Ministerio de Educación.
Por tanto, la resolución judicial establece de manera categórica que se acoge el recurso interpuesto por los apoderados, sin costas, y se ordena a la Secretaría Regional Ministerial de Educación realizar todas las coordinaciones necesarias para generar el cupo de matrícula correspondiente en un plazo máximo de siete días hábiles, medida que deberá ser informada a la Corte de Apelaciones de Antofagasta en cumplimiento de lo dispuesto.
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