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Entró en vigencia el reglamento que permite solicitar derechos de uso no extractivo del agua, orientados a fines ambientales, turísticos, deportivos o recreativos. Antofagasta figura entre las regiones con mayor interés en esta medida.
Actualidad10/07/2025Desde el 3 de julio, se encuentra vigente en Chile un nuevo reglamento que habilita la solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas no extractivos —también conocidos como in situ—, una figura legal que permite utilizar el recurso hídrico sin extraerlo de su fuente. Esta herramienta se orienta a proyectos vinculados a la conservación del medioambiente, el turismo sustentable, actividades recreativas y deportivas.
La normativa, publicada en el Diario Oficial, permite que estos derechos puedan ser solicitados ante la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas (MOP). Entre los requisitos, se establece que el agua debe permanecer en su ecosistema original, lo que incluye vegas, pajonales, bofedales y humedales, tanto en terrenos públicos como privados, especialmente en zonas identificadas como ecosistemas degradados o sitios prioritarios por el Ministerio del Medio Ambiente.
En relación a este avance, el seremi de Obras Públicas de Antofagasta destacó que “es una importante noticia en materia de cuidado del recurso hídrico y un avance concreto en el compromiso del Gobierno con la protección de las aguas”. Agregó además que estos derechos estarán exentos del pago de patente por no uso, aunque advirtió que si el proyecto no se concreta en el plazo establecido, el beneficio podría perderse.
Por su parte, la ministra de Obras Públicas, Jessica López, recordó que “la reforma al Código de Aguas de 2022 reconoció el valor múltiple del recurso, priorizando el consumo humano, la función ecosistémica y los usos productivos. Este nuevo derecho no extractivo refleja esa mirada integral del agua”. Asimismo, indicó que ya existen interesados en regiones como Los Lagos, Maule, Los Ríos y Antofagasta.
Desde la Dirección General de Aguas, su titular Rodrigo Sanhueza subrayó que este es el quinto reglamento derivado de la reforma legal de 2022. “Con esta normativa se da cumplimiento al mandato legal y se entrega certeza jurídica respecto a los requisitos técnicos y legales exigidos en estas solicitudes”, señaló, abriendo la puerta también a cambios de modalidad y regularización de derechos ya existentes.
Quienes estén interesados en conocer el detalle del reglamento pueden acceder a través del sitio web de la Dirección General de Aguas: https://dga.mop.gob.cl/legislacion/, en la sección “Normativa de Aguas”.
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