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Aquellos contribuyentes que no recibieron su devolución de impuestos deberán esperar hasta el 21 de mayo para conocer las observaciones que puedan presentar su declaración. La Defensoría del Contribuyentes está facultada para apoyar a los contribuyentes y ayudarlos a aclarar estos inconvenientes tributarios.
General 25/04/2023 EditorEl pasado 20 de abril se cumplió el primer plazo para que el Servicio de Impuestos Internos (SII) inicie el proceso de devolución de impuestos. De hecho, el organismo informó la autorización de la devolución del 85,7% de quienes presentaron su declaración renta entre el 1 y el 8 de abril. El 14,3% de las declaraciones no registraron su devolución de impuestos ya que pueden presentar observaciones por parte del organismo fiscalizador.
Pero ¿Qué puedo hacer si una declaración presentó problemas y no recibí la devolución de impuestos pese a que correspondía? Si una declaración de impuestos no contenía toda la información o presentó alguna inconsistencia con la que recibe el SII, es probable que haya sido observada, lo que podría demorar la eventual devolución de impuestos o generar otro tipo de controversias tributarias.
Para el jefe de división Tributaria del Defensoría del Contribuyente, Roberto Rodríguez es importante resolver o aclarar las observaciones para no correr el riesgo de multas o incumplimientos tributarios. “Si un contribuyente no recibió su devolución de impuestos pese a que le correspondía, debe revisar su declaración, pues lo más probable es que esté observada y esto debe ser resuelto para evitar multas y facilitar la devolución de impuestos”, señaló.
En el caso de la operación Renta 2023, a partir del 21 de mayo se podrán revisar las observaciones que impiden acceder a las solicitudes de devolución, ya que durante este periodo el Servicio de Impuestos Internos está realizando el cruce de información entre la declaración realizada por el contribuyente y la entregada por los agentes retenedores. “Si este es su caso, se recomienda esperar, ya que puede ocurrir que la observación se resuelva en forma automática tras el chequeo del cruce de información por parte del SII, si no es así debe revisar la observación y subsanarla”, aclaró Rodríguez.
La Defensoría del Contribuyente está facultada para ayudar y entregar asistencia para facilitar el cumplimiento tributario y defender a los contribuyentes frente a eventuales vulneraciones de derechos que se cometan por parte del SII. “Los contribuyentes tienen derecho, entre otros, a rectificar sus declaraciones y a impugnar las actuaciones del Servicio cuando estimen vulnerados sus derechos o tales actuaciones infrinjan la ley”, dijo.
Si los contribuyentes requieren asistencia frente a posibles observaciones en su declaración de impuestos pueden ingresar una solicitud a través del sitio web de la Defensoría www.dedecon.cl y solicitar orientación tributaria o ser representados administrativamente ente el Servicio de Impuestos Internos.
Pero ¿cuáles son las razones por la que no se realizó la devolución de impuestos?
En el caso de personas naturales se puede dar el caso de que la devolución no fue autorizada por el Servicio, o bien se autorizó solo una parte, esto podría deberse a alguno de los siguientes motivos:
• Si utilizaste la propuesta de declaración, puede que alguno de tus agentes retenedores, en forma posterior, haya cambiado la información.
• Solicitaste algún beneficio en tu declaración y no cumples con uno o más requisitos.
• Tu declaración presenta diferencias con la información disponible en el SII.
• Tienes situaciones pendientes con el SII.
• El Servicio está realizando algunas revisiones que involucran la información proporcionada por ti o por terceros.
Si la devolución fue autorizada por el SII, pero no la recibiste puede deberse a que la Tesorería haya determinado retener el total o parte de tu devolución para el pago de deudas tributarias morosas, o bien haya aplicado algunas de las siguientes retenciones:
• Retenciones judiciales.
• Retenciones por deudas de alimentos.
• Retenciones judiciales previsionales.
• Retenciones de crédito universitario solidario o con aval del Estado.
• Retenciones de instituciones de salud.
• Mandatos: un contribuyente le cede a otro su devolución de impuestos.
• Retención registro evasores (Evasores del pasaje del transporte público).
• Retención SENCE subsidio al empleo.
Si la devolución fue recibida, pero la declaración presenta inconsistencias podría deberse a que existan diferencias entre la información que declaraste en tu Formulario 22 y la disponible en los registros del Servicio. Lo anterior puede originarse por cambios de información con posterioridad a la presentación de tu declaración. Si es así, es importante que las soluciones.
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